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BOC Nº 059. Jueves 24 de marzo de 2022 - 955

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V. Anuncios - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda

955 Secretaría General Técnica.- Anuncio de 21 de marzo de 2022, por el que se hace pública la Resolución de 19 de marzo de 2022, del Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, que somete a los trámites de información pública y de consulta a las Administraciones públicas y personas interesadas el proyecto de trazado “Circunvalación Área Metropolitana de Tenerife/Variante TF-5: Padre Anchieta-Los Rodeos. Fase 1: Circunvalación de La Laguna”.

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BOC-A-2022-059-955. Firma electrónica - Descargar

RESOLUCIÓN DEL VICECONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS Y TRANSPORTES POR LA QUE SE SOMETE AL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE CONSULTA A LAS ADMINISTRACIONES AFECTADAS Y PERSONAS INTERESADAS EL PROYECTO DE TRAZADO DE LA “CIRCUNVALACIÓN ÁREA METROPOLITANA DE TENERIFE/VARIANTE TF-5: PADRE ANCHIETA-LOS RODEOS. FASE 1: CIRCUNVALACIÓN DE LA LAGUNA”.

Promovido por la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias se incoa el procedimiento sustantivo de aprobación del proyecto de trazado de la “Circunvalación Área Metropolitana de Tenerife/Variante TF-5: Padre Anchieta-Los Rodeos. Fase 1: Circunvalación de La Laguna”.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha de 22 de abril de 2021 se suscribe contrato de servicios para la “Redacción del proyecto de trazado y del proyecto de construcción de la “Circunvalación Área Metropolitana de Tenerife/Variante TF-5: Padre Anchieta - Los Rodeos. Fase 1: Circunvalación de La Laguna” con la UTE “Subterra Ingeniería, S.L., Consultores de Ingeniería UG21, S.L., Evalúa Soluciones Ambientales, S.L. y Sociedad de Ingeniería, Servicios del Territorio y Medio Ambiente, S.A., Ley 18/1982”, abreviadamente “UTE
La Laguna”.

Segundo.- Este proyecto ha sido objeto de aprobación técnica mediante Orden del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, de 17 de marzo de 2022, cuya copia figura en la documentación recogida con arreglo a este trámite.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano sustantivo para la aprobación del proyecto es la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, en virtud de las competencias atribuidas a su Consejero por el artículo 11.1.c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, aprobado mediante Decreto 63/2020, de 2 de julio, y el citado artículo 17 de la Ley 14/2013.

Segundo.- El órgano ambiental, encargado de realizar el análisis técnico de la declaración de impacto ambiental, es la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental, adscrita a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, según lo dispuesto en el Decreto 13/2019, de 25 de febrero, por el que se crea el Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental e Informe Único de Canarias, y se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento.

Tercero.- Este proyecto, junto con su Estudio de Impacto Ambiental, está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, conforme a lo establecido en la Disposición adicional primera de la Ley territorial 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, puesto en relación con el artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por estar incluido en el listado incluido en el Anexo I. Bloque A. Grupo 6, apartado a) Carreteras: 1º Construcción de autopistas, autovías, carreteras convencionales de nuevo trazado y variantes de población de esta última ley.

En vista de lo anterior, y al efecto de dar cumplimiento a la establecido en los artículos 36 y 37 de la mencionadas Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y Disposición adicional primera de la Ley territorial 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Iniciar el trámite de información pública, con un plazo de treinta (30) días hábiles, a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, para la presentación de alegaciones, observaciones y consultas.

Durante dicho plazo, podrá consultarse la documentación del proyecto en la página web de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, en la siguiente dirección electrónica: https://www.gobiernodecanarias.org/obraspublicas/carreteras/pciudadana/index.html

Asimismo, ejemplares en formato digital del proyecto completo, la documentación recogida con arreglo a la normativa vigente, así como la relevante recibida por el órgano sustantivo con anterioridad al momento de esta información pública, serán exhibidos en las oficinas de la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias, en Avenida Francisco
la Roche, 35, planta 10ª, así como en el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna y en el Cabildo Insular de Tenerife.

Segundo.- Iniciar, de forma simultánea, el trámite de consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, comprendiendo a los órganos y entidades que se detallan en el anexo de la presente Resolución, también con un plazo de treinta
(30) días hábiles, contados a partir de la recepción de la notificación que al efecto se realice.

Los informes y alegaciones en los que los citados órganos y entidades manifiesten los extremos que consideren pertinentes aportar acerca de la infraestructura viaria prevista y sobre los posibles efectos significativos del proyecto en el medio ambiente, incluidos los efectos adversos significativos derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes que incidan en el mismo, deberán remitirse por medios electrónicos y dirigirse igualmente a la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes, Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias.

Tercero.- Dado que no se produce afectación en el territorio de otro Estado, no resulta de aplicación lo previsto en los artículos 49 y 50 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, relativo a las consultas transfronterizas.

Contra el presente acto, por ser de mero trámite no cualificado, no cabe interponer recurso administrativo, sin perjuicio de que puedan realizarse alegaciones de oposición al mismo para su consideración en la resolución definitiva del procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de marzo de 2022.- El Secretario General Técnico, David Gómez Prieto.

ANEXO

Lista de órganos administrativos y entidades a consultar

Administración General del Estado y entidades dependientes:

- Ministerio de Hacienda: D.G. del Patrimonio del Estado.

- Ministerio de Defensa, Delegación en Canarias.

- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital: Instituto Nacional de Estadística, Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.

- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea), AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).

- Instituto Geográfico Nacional.

Gobierno de Canarias y entidades dependientes:

- Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias: D.G. de Lucha contra Cambio Climático y Medio Ambiente (Servicio Impacto Ambiental, Servicio de Biodiversidad, Servicio de Cambio Climático e Información Ambiental, Servicio de Contaminación de Aguas y Suelos y Servicio de Residuos, Servicio Económico-Administrativo) D.G. de Planificación del Territorio, Transición Ecológica y Aguas, Servicio de Planeamiento Territorial Occidental, D.G. de Planificación del Territorio, Transición Ecológica y Aguas (Servicio Técnico de Ordenación del Suelo Rústico y Espacios Naturales Protegidos y Servicio de Aguas),
D.G. de Energía.

- Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda - Instituto Canario de la Vivienda.

- Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad: D.G. de Seguridad y Emergencias, Viceconsejería de Administraciones Públicas y Transparencia, D.G. de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías.

- Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca.

- Consejería de Sanidad: D.G. de Salud Pública.

- Consejería de Sanidad: Secretaría General Técnica de Sanidad - Servicio de Estudios y Normativa.

- Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes: D.G. Patrimonio Cultural

- Consejería de Turismo, Industria y Comercio: D.G. Infraestructura Turística,
D.G. Comercio y Consumo y D.G. de Industria.

- Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo: Viceconsejería de Empleo.

- Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos: Instituto Canario de Estadística, D.G. Patrimonio y Contratación.

- Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud - Viceconsejería de Igualdad y Diversidad.

Administración local:

- Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna.

- Cabildo Insular de Tenerife: Consejería Insular de Gestión del Medio Natural y Seguridad - Servicio Técnico de Gestión Ambiental, Consejería Insular de Carreteras, Movilidad, Innovación y Cultura - Dirección Insular de Cultura, Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, Consejería Insular de Carreteras, Movilidad, Innovación y Cultura - Dirección Insular Carreteras, Consejería Insular de Desarrollo Sostenible y Lucha contra el Cambio Climático - Servicio Administrativo de Aguas.

- Consejo Insular de Aguas de Tenerife.

Otros:

- ADENA WWF.

- Sociedad Española de Ornitología (SEO-Bird Life).

- Federación Ecologista de Canarias BEN MAGEC.

- Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN).

- Fundación Neo Trópico.

- Universidad de La Laguna.

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